9 proclamado desde su feliz instalación el Congreso nacional, pido que declaren las Cortes abolida la tortura, y que todas las leyes que hablan de esta manera de prueba tan bárbara y cruel como falible y contraria al objeto de su promul gacion^ queden derogadas por el decreto que al efecto expida V. M. ^Segunda. Que sin detenerse V. M. en las reclamaciones de los que pueden estar interesados en que se contiuúe en la América en la introducción de los esclavos de Africa, decrete el Congreso abolido para siempre tan infame tráfico, y desde el dia en que se publique el decreto no puedan comprarse ni introducirse en ninguna de las posesiones que componen la monarquía en ambos hemisferios, bajo de ningún pretexto, esclavos de Africa, auiiq.,e los adquieran directamente de alguna potencia de Europa ó de América. »Que el Consejo de Regencia comunique sin pérdida de momento ai Gobierno do S. M. B. el decreto, á fin áe que procediendo de acuerdo en medida tan filantrópica, pueda conseguirse en toda la extensión el grande objeto que se ha propuesto la nación inglesa en el célebre bilí de la abolición de esclavos.» El efecto que estas proposiciones hicieron en el Congreso fué inmenso. —Es indecoroso para el Congreso que no se apruebe al momento la primera de esas proposiciones,— exclamó el Sr. Golfín. —Pido que no se discuta este punto, sino que inmediaíameate se proceda á vot nr la abolición de la tortura,— exclamó con vehemencia Villanueva. —Tratar de discutir este asunto es degradar el entendimiento humano —gritó Torrero. Levantóse Arguelles y apoyó su proposición en un discurso (1), (I) «Esvcniad,» dijo entre otras cosas, «que la tortura está, por decirlo asi, fuera de uso en España , mas esto solo es debido a! espíritu público de la nación, pues no liabna consentido á un juez recurrir á este horroroso medio M condenarle al odio y á la execración general. Con todo, la ley está viva, y «in injusticia legal bien podria todavía arrancarse do la boca de un reo la confesión de su delito por el horrendo ministerio del tormento. La palabra ioríura, en el sentido de mi proposición, comprende ciertamente los apremios, medio no ménos infame que el tormento, y el cual se ha subrogado por el despotismo de los últimos reinados. La filosofía y la ilustración no se escandalizaron ménos con este tormento, y asi se ha visto que los magistrados que osaron ponerle en práctica fueron el objeto de la animadversión pública; siem-